Santamarina Steta

Plan B de la Reforma Electoral

Resumen Ejecutivo:

  • El 2 de marzo de 2023 se publicó el Decreto que expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, conocido como el “Plan B” de la reforma electoral. 
  • Estas modificaciones afectan de manera directa a los procesos electorales de 2024.
  • Se prevé que estas leyes electorales sean impugnadas a través de acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

El 2 de marzo de 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, conocido como el “Plan B” de la reforma electoral. Estas modificaciones afectan de manera directa a los procesos electorales de 2024.

Dentro de las reformas destacan una reestructuración significativa de la composición del Instituto Nacional Electoral (“INE”); una reducción en su presupuesto, número de trabajadores y cierre de diversas oficinas; el acotamiento del concepto de “propaganda gubernamental”, abriendo la posibilidad de realizar promoción desde el gobierno durante campañas electorales; y la reducción de sanciones a candidatos. 

Al respecto, las principales afectaciones de la reforma son las siguientes: 

  • Mayor ausencia de funcionarios de casilla y menos capacitación de los mismos.
  • Riesgo de anular elecciones por no instalarse el 20% de las casillas necesarias en un distrito. 
  • Reducción en la cantidad de personal capacitado para el cómputo de votos. 
  • Afectaciones en la organización de elecciones y mecanismos de participación ciudadana. 

Se prevé que estas leyes electorales sean impugnadas a través de acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, teniendo legitimación procesal para interponerla: la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el 33 % de los legisladores de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión, los partidos políticos con registro ante el INE y el propio INE. 

Para que dichas reformas puedan ser declaradas inconstitucionales, total o parcialmente, se requiere contar con una mayoría calificada de ocho votos de los ministros integrantes del Pleno de la Suprema Corte. 

No obstante lo anterior, resulta importante mencionar que el INE promovió en contra de las reformas un juicio electoral ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

Autores

Mariano Calderón

Socio

mcalderon@s-s.mx

Jair Vaca

Asociado

jvaca@s-s.mx

Alexa Zuani

Asociada

alexa.zuani@s-s.mx